La oferta de vehículos eléctricos es cada vez mayor, como también lo es el interés del usuario por esta nueva movilidad eléctrica, como reflejan los últimos datos de ventas de coches eléctricos en España. Esto hace necesario que, de igual manera, también tengan que crecer los puntos de recarga para poder dar servicio a la creciente demanda de los usuarios de vehículo eléctrico. Surge la necesidad, por lo tanto, de empezar a desarrollar nuevas ordenanzas que faciliten la simbiosis entre usuario y vehículo.
Por este motivo, el Gobierno aprobó en diciembre de 2021 un Decreto Ley que potencia el despliegue y desarrollo de la infraestructura de recarga pública.
Analizamos estas medidas y qué implican para los usuarios de movilidad eléctrica.
El Real Decreto para fomentar la movilidad eléctrica
El Ejecutivo aprobó el Real Decreto 29/2021, de 21 de diciembre, publicado en el BOE núm. 305, de 22 de diciembre de 2021, por el que se adoptan medidas urgentes para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
Cargadores para coches eléctricos en edificios no residenciales privados
Esta normativa, de obligado cumplimiento a partir del 1 de enero de 2023, establece, la obligatoriedad de realizar instalaciones de puntos de carga para vehículos eléctricos en espacios de acceso público, tales como supermercados, hoteles, restaurantes, centros comerciales o edificios no residenciales privados, como los garajes públicos o los centros de trabajo.
Evidentemente, la ordenanza no obliga a instalar un cargador por cada plaza disponible, sino que establece un mínimo de cargadores en función de las plazas de aparcamiento existentes. De esta forma, en los edificios no residenciales privados, como los mencionados de acceso público y siempre que cuenten con más de 20 plazas, deberán tener instalado al menos un cargador cada 40 plazas de aparcamiento.
En el caso de que la zona de aparcamiento supere las 1.000 plazas, la obligatoriedad de instalar puntos de recarga eléctrica será de un punto cada 100 plazas.
Puntos de carga en los edificios de la Administración
Esta medida también afecta a los edificios públicos de la Administración General del Estado y de forma aún más exigente, ya que para los aparcamientos con más de 500 plazas la norma obliga a la instalación de un punto de recarga por cada 20 plazas.
Las gasolineras deberán disponer de puntos de recarga
Uno de los espacios públicos más adecuados para la recarga de los vehículos eléctricos son las actuales gasolineras, ya que son muy numerosas y facilitarán la recarga en los largos desplazamientos. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, establece que las estaciones de servicio están obligadas a contar con, al menos, un punto de recarga eléctrica en sus instalaciones o en un radio de 300 metros. Será el número de litros de combustible (gasolina y gasóleo A) repostados en 2019 lo que delimite la potencia de la recarga.
De esta manera, tomamos como referencia la Ley 7/2021, reflejada en el Real Decreto 29/2021 en el “artículo 2. Puntos de recarga de concesiones en redes estatales de carreteras”, que dice que para concesiones estatales:
a) Las estaciones de servicio con volumen superior en 2019 a 10 millones de litros de combustible, tendrán que tener operativo un 1 punto de al menos 150 kW el 22 de febrero de 2023.
b) Las estaciones de servicio con un volumen de 5-10 millones de litros, tendrán que tener operativo un punto de carga de al menos 50 kW el 22 de agosto de 2023.
c) En las estaciones de servicio en las que no exista ninguna instalación de suministro de carburantes y combustibles: 1 infraestructura de carga superior o igual a 50 kw el 22 de agosto de 2023.
d) Quienes acometan una reforma antes de la fecha límite de cumplimiento de la Ley 7/2021, deberán incluir al menos 1 punto de 50 kW que tendrá que estar operativo desde el fin de la reforma o la puesta en funcionamiento de la instalación.
3 Excepciones en la instalación de puntos de carga en estaciones de servicio
La Orden TED/1009/2022, de 24 de octubre, contempla tres excepciones a esta norma para las estaciones de servicio:
- Las gasolineras que ya dispongan de un punto de carga según la norma que les atañe.
- Aquellas instalaciones que no puedan cumplir con las condiciones técnicas o los requisitos de calidad y seguridad industrial establecidos.
- Las estaciones de servicio en las que sea "inviable" ejecutar la acometida eléctrica necesaria para el punto de recarga.
Descuentos en los impuestos para la instalación de puntos de carga
La norma que implica la obligatoriedad a las empresas de instalar puntos de carga en espacios públicos también ofrece bonificaciones en impuestos como el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) o el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), en los que se puede llegar hasta el 50% de bonificación, además de la exención de hasta el 90% de los impuestos relativos a las obras en la instalación de puntos de recarga.
Es importante destacar también el Plan Moves III para empresas que, aunque no es compatible con otras ayudas, puede llegar a subvencionar hasta el 60% del coste de la instalación.
Superar los 100.000 puntos de carga para 2023
Este tipo de normativas por parte de la Administración están enfocadas a potenciar el uso del vehículo eléctrico de tal manera que se vaya equiparando la creciente oferta y venta de vehículos eléctricos con la necesidad de puntos de recarga. Así, se pretende que para 2023 nuestro país cuente con, al menos, 100.000 puntos de recarga eléctrica, algo que servirá también para que España empiece a ascender en la lista de países europeos más avanzados en la transición a la movilidad eléctrica.
Estos puntos de recarga se podrán ir añadiendo al mapa de Electromaps, a través de acuerdos con nuestras redes de cargas asociadas, o las grandes plataformas de roaming, bien porque los puntos de carga son gestionados por Electromaps, o bien por la colaboración de los usuarios, que los los detectan y deciden agregarlos al mapa a través de la app o la propia web.
Si necesitas instalar algún punto de carga en tu empresa, comunidad de vecinos o en tu casa, no dudes en contactarnos, para que te asesoremos sin ningún compromiso.